¿Qué pasó? La Corte rechazó por 6 a 3 la acción de inconstitucionalidad de Kattya González contra su expulsión.
¿Quién está involucrado? La Sala Constitucional, la exsenadora, y sus patrocinantes Marcial González y Mendonça Bonnet.
¿Por qué importa? Quedó sentado que basta mayoría simple para expulsar a un senador, no dos tercios.
El argumento que dio vuelta el caso
El planteo de la exsenadora se apoyaba en la Resolución 429/2023 del Senado, que exigía mayoría calificada de dos tercios (30 sobre 45 senadores) para una pérdida de investidura. Como Kattya fue removida con 23 votos, la cuenta no daba.
La Corte aceptó el planteo en su forma, pero lo destrabó por el fondo. El art. 11 de la propia Resolución 429 estableció que la norma entraba en vigencia al día siguiente de su aprobación. Y la 429 fue aprobada el mismo 14 de febrero de 2024, como primer punto de orden del día de la sesión donde se juzgó a Kattya. La regla, por mecanismo de la propia regla, recién empezó a regir el 15 de febrero. El día anterior no existía en el ordenamiento.
El plus constitucional
Los ministros no se limitaron al argumento procesal. Dejaron asentado que la Resolución 429, aún si hubiera estado vigente, contradice el art. 185 de la Constitución Nacional. Esa norma dice que, cuando la Constitución no exija una mayoría especial para resolver una cuestión, se aplica mayoría simple: la mitad más uno de los presentes. Para la pérdida de investidura, la Constitución no fija un umbral especial. La mayoría simple alcanza.
La defensa que no fue
Un punto que el fallo recalca y que pocos medios destacaron: Kattya estuvo presente en la sesión del 14 de febrero, fue escuchada y tuvo uso de palabra. Pero no ofreció prueba, no pidió prórrogas y no ejerció defensa técnica sobre los cargos. Eligió, según describe el voto mayoritario, desarrollar un discurso de tinte político centrado en críticas a sectores políticos y a personas, no en su defensa. Para la Corte, ese hecho debilita el reclamo posterior de vulneración del debido proceso.
La integración de la Sala
Dos ministros se inhibieron y fueron reemplazados por camaristas del fuero Civil y Comercial: Miguel Ángel Rodas Ruiz Díaz, que actuó como preopinante, y Esteban Kriskovich. Esa integración explica por qué el fallo lleva nueve firmas pero combina ministros titulares con jueces de tribunal de apelación.
Por qué importa esta noticia
Para el ciudadano común, la sentencia clarifica una pregunta institucional concreta: con cuántos votos puede el Senado expulsar a uno de los suyos. La respuesta de la Corte es mayoría simple, conforme al art. 185 de la Constitución, mientras no haya regla expresa en sentido contrario.
Para el sistema político, el fallo cierra discusión sobre un mecanismo que estuvo en debate durante toda la legislatura actual. La pérdida de investidura es una herramienta disciplinaria de la propia Cámara, y la Corte se mete a controlar el procedimiento pero no el contenido político de la decisión.
Para el lector que sigue institucionalmente al Congreso, la sentencia abre y cierra al mismo tiempo. Confirma que el Senado tiene amplio margen para auto-regularse, pero advierte que los reglamentos internos no pueden exigir mayorías que la Constitución no requiere.
Análisis crítico
El fallo se sostiene en dos pilares argumentales que funcionan de manera independiente. Si uno cae, el otro alcanza. Primero, la Resolución 429 no estaba vigente. Segundo, aun si lo hubiera estado, no podía exigir más mayoría que la que pide la Constitución. Esa doble línea blinda jurídicamente la decisión.
Donde el fallo es más exigente, en términos doctrinarios, es en el tratamiento de la garantía del debido proceso. La mayoría señala que Kattya pudo hablar y no defenderse técnicamente. Es un dato cierto. Pero la línea de la disidencia, atribuida a los ministros de la Sala Constitucional natural, apunta a las formalidades del procedimiento, no al uso que la accionante le dio a su tiempo de palabra. Ese argumento queda planteado en minoría y eventualmente podría reflotarse ante instancias internacionales.
La decisión, en cualquier caso, llega dos años y cuatro meses después de la sesión. Sin posibilidad de reposición práctica: a Kattya le quedan dos años de mandato, contados desde la fecha de la sentencia.
Antecedentes
Kattya González fue expulsada el 14 de febrero de 2024 con 23 votos sobre 45 posibles. La acusación giró en torno a un supuesto pedido de carga horaria adicional para una funcionaria, encuadrado bajo la figura de tráfico de influencias. La Fiscalía descartó posteriormente la imputación penal contra la exsenadora.
La acción de inconstitucionalidad fue presentada a fines de febrero de 2024 y registrada como expediente N° 275/2024. La Sala Constitucional dio trámite a la acción en abril de 2024, pero rechazó la medida cautelar que hubiera permitido la reposición provisoria. En junio de 2024, el Ministerio Público dictaminó, por la fiscal adjunta Artemisa Marchuk, que la Resolución 431 era inconstitucional. El dictamen no era vinculante.
Entre 2024 y 2026 se presentaron nueve urgimientos para que la Corte se expidiera. Los votos se completaron a fines de mayo de 2026. La filtración del resultado circuló desde el 4 de junio. El documento oficial fue dictado el 8 de junio de 2026 bajo Sentencia N° 234.
Otros casos paraguayos de pérdida de investidura llevados a la Corte (Dionisio Amarilla, Paraguayo Cubas, Víctor Bogado) terminaron también con rechazo o presentación extemporánea. El Poder Judicial nunca ordenó la reposición de un legislador expulsado.
Situación actual
Con la Sentencia 234, la vía judicial interna queda cerrada. Kattya González anunció que llevará el caso ante instancias internacionales, particularmente la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Recordó que Paraguay tiene antecedentes adversos en casos vinculados a remociones institucionales: los exministros de la Corte Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea, y el exfiscal Alejandro Nissen.
El presidente del Congreso, Basilio Bachi Núñez, había sugerido en su momento que bloquearía un eventual retorno de Kattya si el fallo resultaba favorable, aunque se retractó enseguida.
De todas formas el punto perdió relevancia operativa con la sentencia firme.
Qué puede pasar
Lo que esperamos que pase: que el debate institucional se desplace del caso individual al criterio. El fallo deja una pregunta abierta y sana: si la pérdida de investidura puede resolverse con mayoría simple, ¿corresponde reformar el procedimiento para sumar garantías procesales más estrictas? Una Cámara que actualice su reglamento dentro de los márgenes de la Constitución previene futuros litigios y mejora la calidad institucional.
Lo que no debe pasar: que la discusión derive en una pulseada permanente sobre la legitimidad de la Corte. La Sala Constitucional dictó sentencia con argumentos jurídicos verificables y firmas plurales. La crítica al fondo es legítima; la deslegitimación institucional como respuesta a una sentencia desfavorable no aporta a la calidad democrática. Tampoco aportaría que la causa internacional se use para correr el debate de instancia en instancia hasta diluirlo.
Conclusión
La sentencia 234 cierra el capítulo judicial del caso Kattya González en Paraguay con un argumento sencillo y técnicamente sólido: una norma que apenas se acababa de aprobar no podía retroactivamente regir el acto que se aprobó junto con ella. El resto, en términos jurídicos, fueron capas adicionales sobre la misma decisión. La política seguirá con sus términos, pero el derecho ya dijo lo suyo.
Fuentes consultadas
- Sentencia N° 234, Sala Constitucional CSJ — 08/06/2026 (documento filtrado vía ABC Color)
- La Nación PY — 🔗 https://www.lanacion.com.py/politica/2026/06/08/kattya-gonzalez-no-volvera-al-senado-corte-rechazo-pedido/
- El Trueno — 🔗 https://eltrueno.com.py/2026/06/08/corte-rechaza-accion-de-kattya-gonzalez-y-deja-firme-su-salida-del-senado/
- La Tribuna — 🔗 https://www.latribuna.com.py/sucesos/judiciales/2026/06/08/corte-oficializa-hoy-rechazo-a-la-accion-de-kattya-gonzalez/
- ABC Color (cobertura previa y filtración) — 🔗 https://www.abc.com.py/politica/2026/06/05/corte-rechazaria-accion-de-kattya-para-volver-al-senado-es-la-confirmacion-de-un-atropello/
- Última Hora — 🔗 https://www.ultimahora.com/la-corte-ya-tendria-todos-los-votos-en-el-caso-de-kattya-gonzalez

